BASES Y CONDICIONES
Podés pagar a 120 días sin interés y sumar la chance de ganar tu carga gratis
BASES Y CONDICIONES
1. Repsol YPF Gas S.A. (en adelante, el “Organizador” y/o la “Empresa”) con CUIT Nº 30-51548847-9 y con domicilio legal en Macacha Güemes 515 – Piso 24, (C1106BKK) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza esta promoción (en adelante, la “Promoción”), que quedará sujeta a los siguientes términos y condiciones (en adelante, las “Bases”).
2. Vigencia – Ámbito geográfico. La Promoción estará vigente entre las 09:00 horas del día 14 de noviembre de 2011 y las 17:00 horas del día 30 de abril de 2012 (en adelante la “Vigencia”) y se regirá por la normativa vigente en la materia y en especial por estas Bases. Será válida en todo el territorio de la República Argentina (excepto en las provincias de Mendoza, Salta y Tierra del Fuego).
3. Participantes
3.1. Participantes del beneficio general: Podrán participar en la Promoción, (en adelante, los “Participantes de la Promoción”) las personas jurídicas o físicas mayores de 21 años o debidamente emancipadas, con domicilio en el Ámbito Geográfico y que cumplan con todos los requisitos y condiciones establecidos en estas Bases: (i) que sean clientes del segmento doméstico (con destino urbano, rural, casaquintas, countries, vacacional) y del segmento comercial (con destino a restaurantes, bares, estaciones de servicios, balnearios, hoteles, hosterías, geriátricos, panaderías, camping, clubes) , (ii) que hayan registrado una o más compras de gas a granel durante los meses de mayo, junio, julio y agosto 2011, (iii) que efectúen al menos una compra de gas a granel durante el período de Vigencia de la Promoción, (iv) que no registren en su cuenta de cliente (la “Cuenta Cliente”) saldo deudor en mora y/o con pagos pendientes cancelatorios de éstos y (iv) que participen conforme la mecánica descripta en el punto 7 de las Bases. Quedan excluidos de participar en esta Promoción todo el personal del Organizador o de cualquiera de sus subsidiarias y/o empresas vinculadas, ni sus proveedores o sus agencias de publicidad y promoción afectadas a las mismas.
3.2 Participantes del sorteo: Podrán participar en sorteo previsto en la Promoción, (en adelante, los “Participantes del sorteo”) los Participantes conforme el punto 3.1. que –además- efectúen durante el período de Vigencia de la Promoción el pedido de su carga de gas granel a través del sitio de Internet www.ypfgas.com.ar (en adelante, el “Sitio Web”), o bien enviando mensaje de texto desde un celular (SMS) al 29734 del modo indicado en el Anexo 1 de las presentes Bases.-. Quedan excluidos de participar en el sorteo todo el personal del Organizador o de cualquiera de sus subsidiarias y/o empresas vinculadas, ni sus proveedores o sus agencias de publicidad y promoción afectadas a las mismas.
4. Beneficios de la Promoción.
Los Participantes de la Promoción que cumplan con los requisitos de las presentes Bases y Condiciones obtendrán el beneficio de abonar su carga de gas en un plazo especial de 120 días, sin interés, corridos a partir de la fecha de emisión de la factura correspondiente.
5. Premios del sorteo.
Los premios que se pondrán en juego entre aquellos Participantes del sorteo conforme las presentes Bases consistirán en seis (6) acreditaciones de hasta ($1.000) cada una de ellas (una acreditación por ganador) en la Cuenta Cliente que corresponda al ganador del sorteo del importe en pesos equivalente al monto del pedido de gas a granel efectuado por Internet mediante el Sitio Web o por envío de mensaje de texto por celular (SMS). El monto máximo de cada Premio individualmente considerado será de pesos un mil ($ 1.000,00.-) para cada ganador aún cuando el importe de la carga de gas haya sido por un monto mayor, de acuerdo a la metodología establecida en el punto 6.
6. Forma de participación del sorteo. Por cada pedido de gas a granel ingresado por Internet en el Sitio Web o por SMS en su Cuenta Cliente, conforme lo previsto en el punto 3.2. de estas Bases, cada Participante del sorteo obtendrá 1 (una) chance, de acuerdo a la metodología establecida en el punto 7.
7. Mecánica del sorteo. La asignación de cada uno de los premios puestos en juego se efectuará a través de una interfaz informática que será ejecutada de manera tal que se asigne la posibilidad de acceder a un premio a (1) un Participante del sorteo de cada cien (100) Participantes del sorteo, todo lo cual quedará debidamente registrado. La adjudicación de los Premios se realizará a aquellos Participantes del sorteo cuyo número de ingreso asignado por el sistema coincida con el asignado mediante el Sorteo a las potenciales operaciones ganadoras de entre las operaciones recibidas y realizadas desde las 09:00 horas del día de comienzo de la Promoción, computados de 100 (cien) en 100 (cien). A tal efecto, el día 31 de Octubre de 2011 a las 16:00 horas se sorteará ante escribano público mediante un sistema mecánico aleatorio (RANDOM) con las debidas medidas y condiciones de seguridad, legalidad y transparencia, en Macacha Güemes 515 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un número de partida entre el 1 (uno) y el 100 (cien). Este número indicará cual es el primer número de “operación ganadora” y a partir del cual, cada 100 (cien) pedidos de gas a granel realizados por los Participantes del sorteo, se adjudicará un Premio a las potenciales operaciones ganadoras correspondientes, hasta agotar la entrega de 6 (seis) Premios.
A cada Participante del sorteo que resulte ganador conforme lo previsto en el párrafo anterior se le adjudicará un premio, según lo indicado en el punto 5.Los Participantes que tengan asignados los números de potenciales operaciones ganadoras que no cumplan con todos los requisitos y condiciones establecidos en estas Bases para ser Participantes del sorteo quedarán automáticamente descalificados, sin derecho a Premio, reclamo y/o indemnización alguna. Cumplidos los requisitos establecidos en estas Bases como condición de su asignación, los Premios serán asignados y acreditados en la Cuenta Cliente dentro de los 7 (siete) días hábiles posteriores a la obtención del Premio (“Ganadores”).
El listado de ganadores podrá consultarse en el Sitio Web www.ypfgas.com.ar
8. Participación gratuita y sin obligación de compra. Quienes deseen participar en forma gratuita del sorteo deberán realizar un dibujo original simple, hecho a mano y coloreado de un Camión Tanque de Gas con el logo de YPF GAS, completando el dorso con los siguientes datos: Fecha, nombre y apellido completo, tipo y número de documento, fecha de nacimiento, nacionalidad, domicilio, código postal, localidad, provincia, número de teléfono, dirección de correo electrónico (optativo). El dibujo deberá completarse con los datos requeridos y (i) remitirse vía postal en un sobre cerrado dirigido a Apartado Postal Nº1 – Correo Oficial de la República Argentina - (B1754AB) - Sucursal San Justo - indicando en el frente del mismo: “PEDÍ GAS Y GANÁ BENEFICIOS. Podés pagar a 120 días sin interés y sumar la chance de ganar tu carga gratis”. (Franqueo a pagar por el destinatario Cuenta 10513F3)” o bien (ii) ser entregado en Mesa de Entradas, Repsol YPF Gas S.A., Avenida Crovara 5299, (1754), San Justo, Provincia de Buenos Aires, indicando Referencia: Promoción “PEDÍ GAS Y GANÁ BENEFICIOS. Podés pagar a 120 días sin interés y sumar la chance de ganar tu carga gratis”, en el horario de 09:00 hs a 13:00 hs., en días hábiles.
Se aceptará solamente un dibujo por persona por día. Los sobres cuyos Participantes estén repetidos, serán anulados y dejados sin efecto alguno. La falta de cumplimiento de alguno de los requisitos mencionados precedentemente impedirá la participación del sobre remitido en la Promoción. Al momento de la recepción de los sobres por la Mesa de Entradas, se les dará entrada a cada uno de los sobres presentados mediante un sello con la fecha, hora y número de llegada comenzando por el 1 (uno) hasta el 100 (cien), numeración que se repetirá tantas veces sea necesaria hasta cubrir todos los sobres que se reciban con este orden y se corroborará el cumplimiento de los requisitos mencionados precedentemente para aquellos que cumplan con los requisitos, se les dará entrada asignándoles:1 (una) chance entre 100 (cien) chances posibles, es decir en las mismas condiciones de quienes participan bajo la modalidad descripta en el punto 6 de las Bases. En este sentido, deberá coincidir el “número de participación” asignado bajo esta modalidad con el sorteado conforme lo detallado en el punto 6 precedente. Los Premios serán adjudicados por la coincidencia de números adjudicadores con los números de participación lo que significará que habrá un Premio para adjudicar cada 100 (cien) sobres en condiciones de participar recibidos durante todo el lapso de la Promoción con el contenido y demás recaudos que se establecen. Esto implica, que, al primer sobre que llegue se le dará el número de participación número 1 (uno) y así correlativamente hasta llegar al 100 (cien). De todos estos sobres, será ganador, aquel que coincida con el número adjudicador. A cada Premio de participación gratuita le corresponderá un Premio equivalente al monto máximo de $1.000 (un mil pesos). Se adjudicará un Premio, hasta agotar la entrega de 2 (dos) Premios o hasta el 30 de abril de 2012 (fecha de finalización de la Promoción), de ambos, lo que ocurra primero.
Por consecuencia de lo expuesto la participación en la Promoción es sin obligación de compra. Los Premios serán entregados en efectivo a los ganadores que participen en forma gratuita, dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a la obtención del Premio. Los ganadores serán notificados y contactados para coordinar la efectivización del Premio, el cual estará disponibles hasta los 30 días corridos establecido en el punto 2, Vigencia - Ámbito geográfico, de estas Bases. Transcurrido dicho plazo el adjudicatario no tendrá derecho a reclamar beneficio alguno. El Organizador no será responsable, y por lo tanto no asume responsabilidad alguna, si el potencial Ganador hubiere informado erróneamente su domicilio o número de teléfono de contacto al momento de su participación en la Promoción bajo el mecanismo de sin obligación de compra.
9. Impuestos. Todo impuesto, gravamen, carga, retención o similar (actual o futuro) que deba tributarse o se origine sobre o en relación con los Premios serán a cargo de los Participantes ganadores.
10. Publicación de Bases y consulta de ganadores
10.1. Las presentes Bases se encontrarán disponibles en el Sitio Web www.ypfgas.com.ar
10.2. Quienes resulten clientes podrán consultar si han resultado ser ganadores, ingresando al Sitio Web www.ypfgas.com.ar.
11. Autorización. Datos Personales. La participación en la Promoción importará la expresa autorización para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción, o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes y/o voz y/o datos personales de los Participantes en general y de los Ganadores en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, internet, etc.) con fines publicitarios durante el Plazo de Vigencia de la Promoción y hasta tres (3) años después de su finalización, sin que el Participante tenga derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. Asimismo, toman a su cargo todo hecho derivado por el uso del premio. Sin perjuicio de ello se aclara que el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
12. Publicidad. Esta Promoción podrá ser publicada en todos los medios masivos de comunicación.
13. Probabilidad matemática de adjudicación de Premios:
En cumplimiento al inciso b) del artículo 7° de la Resolución N° 157/98 y modificatorias, la probabilidad matemática estimada de asignación de Premios resulta de la siguiente fórmula:
X premios / Q. de participantes * 100= % de probabilidad.
6 premios / 8745 * 100 = %0,07
La probabilidad matemática aquí mencionada es estimativa, toda vez que no se puede conocer qué cantidad exacta de Participantes estará en condiciones de acceder a los sorteos.
14. La participación en esta Promoción implica el conocimiento y aceptación de estas Bases y la entrega de los Premios está condicionada a que los ganadores cumplan todos los requisitos establecidos en estas Bases. Para el caso que uno a más ganadores no cumplan los requisitos establecidos por estas Bases, perderán automáticamente su derecho de asignación del Premio respectivo. En el caso que para la entrega del Premio, fuera necesario el consentimiento de un representante legal del Participante, su obtención constituirá una condición esencial para proceder a dicha entrega.
15. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de los indicados en el punto 4 de estas Bases, son intransferibles y los ganadores no podrán solicitar su reemplazo ni sustitución por ningún otro bien, servicio ni prestación distinta de la indicada en estas Bases, aún cuando, por cualquier circunstancia, no pudieran disfrutar de los mismos.
16. La Empresa se reserva el derecho de realizar cambios operativos de la Promoción y del sorteo, sin que ello signifique alterar su esencia, en el caso que se presenten situaciones no imputables a la Empresa o no previstas en estas Bases. Asimismo, cuando circunstancias no imputables a la Empresa y no previstas en estas Bases lo justifiquen, la Empresa podrá suspender, cancelar o prorrogar la Promoción. En ambos casos, tales circunstancias serán comunicadas por los mismos medios que se detallan en la cláusula 12.
17. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases.
18. Destino Premios asignados. Premios no asignados. Los Premios no asignados por cualquier causa al finalizar la Promoción, quedarán en propiedad del Organizador.
19. La interpretación, validez y cumplimiento de estas Bases y de los derechos y deberes emergentes de las mismas, se regirá por las leyes de la República Argentina.
20. Serán de aplicación en el supuesto de controversias, las leyes vigentes en la República Argentina y competente la Justicia Ordinaria con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Puede solicitar información sobre esta Promoción ingresando en el Sitio Web www.ypfgas.com.ar.